En la sesión ordinaria el cuerpo de Concejales asumió la atribución de la Carta Orgánica para establecer el salario del Intendente, autoridades superiores del Gabinete y la propia dieta de los Ediles así como del resto de las autoridades del Concejo. Mediante la modificación de una ordenanza dejaron sin efecto la medida del intendente Melella quedara exceptuada del aumento otorgado en el Municipio, el cual comenzarán a cobrar a partir de la próxima liquidación de haberes.

El cuerpo de concejales aprobó, al finalizar la sexta sesión ordinaria, un asunto por el cual se estableció modificar el artículo 4 de la ordenanza 2539/08, la cual establecía el haber del Intendente municipal.

Esa ordenanza ya tenía una modificación realizada en base a la ordenanza 3199 del año 2013, en la que el Intendente Melella estableció su haber en seis sueldos de la categoría 23.

Si bien la modificación aprobada hoy sostiene esta misma base de cálculo (6 categorías 23), deroga la ordenanza de Melella y asume por parte del Concejo la atribución de definir la pauta salarial del Intendente, autoridades del Gabinete y los propios Ediles, con las autoridades del Concejo.

Los Concejales sostienen en esta modificación aprobada que la liquidación del haber debe ser tomada a la actual escala salarial que corresponde a esa categoría 23, anulando implícitamente la decisión de Melella que las autoridades políticas no adhirieran al último aumento salarial otorgado en el Municipio.

A partir de esto ahora esa categoría 23 que se toma como base de cálculo queda actualizada a los aproximadamente 18 mil pesos que significa hoy con el último aumento otorgado, además de las asignaciones familiares.

Los ediles explicaron que esta desactualización de los haberes de las autoridades superiores en el municipio podía generar reclamos judiciales tanto por parte de actuales funcionarios, como de los jubilados.

De esta forma el haber del Intendente de la ciudad quedaría actualizado a las 6 categorías 23 con la actual base de liquidación, siendo igual para el Presidente del Concejo Deliberante y el Juez Municipal de Faltas.

Los demás Concejales y los Secretarios del gabinete cobrarán el 90% del haber de los primeros; mientras que los Subsecretarios Municipales y los Secretarios, Legislativo y Administrativo del Concejo, cobrarán el 90% del haber de estos segundos.

En el caso de los ediles y Secretarios Municipales, la actualización significa un aumento de aproximadamente 17 mil pesos de bolsillo.