Los jueces Juan José Varela, Daniel Borrone y la subrogante Marina Montero; resolvieron este mediodía aplicar la condena de 4 años de prisión a Miguel Antonio Coria por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante”, en perjuicio de una menor de 10 años de edad.

El proceso se remite al episodio sucedido en 2008 en el que Coria fue acusado de haber abusado de una menor, que era vecina a su vivienda, a la que llevó al baño y le introdujo los dedos en la zona vaginal.

La aplicación de la pena no afecta de manera momentánea la libertad de Coria, quien tiene una instancia de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, haciéndose efectiva la pena una vez que la sentencia quede firme.

El 22 de mayo próximo se estarán conociendo los fundamentos del fallo.


Ley mas benigna
La fiscal Verónica Marchisio aclaró que la condena impuesta por el Tribunal de Juicio se remite la acusación de que Coria habría introducido los dedos en la zona vaginal de la menor hace 11 años.

El Código Penal al momento del hecho era distinto al de hoy, “la introducción de dedos en la zona vaginal era un episodio “gravemente ultrajante”, según se entendía en el código en ese momento”, y la ley es clara respecto de que el imputado debe ser juzgado a la luz de la normativa más benigna.

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