Es el saldo del balance de trabajo parlamentario que desarrolló durante el año pasado la Cámara legislativa provincial.

Durante el período 2018, los Parlamentarios sancionaron tres Leyes relacionadas a Educación. Una de ellas, tiene que ver con una modificación al régimen laboral del trabajador docente. Las dos restantes, hacen al trabajo y la vida institucional de los establecimientos educativos de la Provincia.

En la sesión de agosto, luego de un trabajo realizado con distintos actores del sistema educativo provincial en el seno de las Comisión de Educación (4) que preside la legisladora Andrea Freites, y de Legislación General (1) que preside la legisladora Myriam Martínez, los Parlamentarios sancionaron la Ley N° 1.236. La norma deroga el artículo N° 49 de la Ley provincial N° 631, Régimen laboral del trabajador docente.

El artículo en cuestión, establecía que “para ingresar en la docencia se requerirá contar con un máximo de cuarenta (40) años de edad a la fecha de cierre de inscripción en el respectivo concurso”.

La iniciativa, impulsada por el Ejecutivo provincial, fundamenta la propuesta en que el “límite actualmente vigente, en nada se vincula al requisito de idoneidad necesario para ejercer un cargo docente, y que su vigencia colisiona con preceptos constitucionales”.

La sanción del proyecto de ley, en tanto elimina limitaciones infundadas y contrarias a las normas constitucionales, garantizará a los trabajadores de la educación el derecho a trabajar y acceder a los cargos sin distinción de edad, en condiciones de igualdad y sin otra condición que la idoneidad, evitando asimismo el dispendio jurisdiccional frente a la necesidad de accionar judicialmente por parte de quienes se vean afectados por la norma vigente”, sostiene el fundamento, al proponer la modificación a la normativa vigente.

En otro orden, la Ley provincial N° 1.239 dispone “la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial como así también su exhibición pública en todos los organismos provinciales y actividades culturales, el Mapa Bicontinental de la República Argentina y el Mapa Bicontinental de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”.

La norma, sancionada en la sesión de agosto de 2018, explica que los mapas “muestran el sector antártico en su real proporción en relación al sector continental e insular, de acuerdo a los requisitos establecidos por el ex Instituto Geográfico Militar – IGM – actualmente denominado Instituto Geográfico Nacional y a lo dispuesto en la Ley nacional 26.651”.

En su articulado, se establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Asuntos Relativos a la Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes, o quien la reemplace en el futuro.

Luego, menciona que la autoridad de aplicación conjuntamente con el Ministerio de Educación, “debe articular las acciones necesarias para la inclusión de los objetivos” de la presente Ley en la currícula escolar provincial e “instrumentar la realización de campañas de concientización ciudadana, sobre la trascendencia histórica, política, científica y geográfica de dichos objetivos”.

Por otra parte y en la misma sesión, los Parlamentarios sancionaron la Ley N° 1.240 que instituye la ceremonia escolar “Compromiso con el Ambiente para la Protección del Patrimonio Natural y Cultural de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, el 5 de junio de cada año, en ocasión de la celebración del Día Mundial del Medio Ambiente, en todas las escuelas primarias dependientes del Ministerio de Educación.