“Los contratos a plazo determinado responden a las necesidades objetivas y nunca a la voluntad de las partes”, reza la Ley Nacional 20.44 de Contrato de Trabajo, y bajo esa premisa el Ministerio de Trabajo de la Provincia busca hacer cumplir que cada trabajador contratado que se desempeñe en las empresas de Tierra del Fuego, lo haga bajo el objetivo que fue establecido.

El martes pasado el ministro de Trabajo de la Provincia, que en primer lugar busca ordenar a todo el personal del Ministerio lograr el efectivo cumplimiento de la Ley 20.744 de “Contrato de Trabajo” con relación a las modalidades contractuales utilizadas en el ámbito de la provincia, respecto a los modos de contratación.

En el artículo segundo se instruye a los trabajadores para que por intermedio de su labor se garantice el acabado cumplimiento de la totalidad de la legislación vigente en materia laboral y la primacía del orden público. “Esto basa desde el momento que yo asumí y traté de darle una solución a todo esto, dije que no iba a ser fácil que iba a llevar su tiempo”, señaló el funcionario.

Carreras indicó que para llegar a esta resolución “hubo que inspeccionar muchas fábricas, y si bien no hemos inspeccionado la totalidad si las suficientes como para detectar las irregularidades, muchas están en etapas de sumarios y fue el momento de pedirle a la dirección general de Asuntos Jurídicos del Ministerio un dictamen y a partir de eso la resolución”.

Para el ministro los artículos 90 y 91 de la Ley 20.744 -que hablan de la modalidad de contratación- son claros: “Los contratos a plazo determinado responden a las necesidades objetivas y nunca a la voluntad de las partes” dejando en evidencia que durante muchos años fueron las empresas las que determinaron por qué tiempo realizaban contratos a su antojo.

Lo que establece la Ley – y que la cartera laboral pretende hacer cumplir a rajatabla – es que “a necesidades objetivas previsibles se aplican contratos a plazo fijo, a necesidades extraordinarias y no previsibles, corresponden contratos eventuales, a necesidades que hacen al giro normal y habitual corresponden contratos indeterminado (efectivos)”.

“Esto es lo que dice la Ley 20.744 y es lo que yo ordeno que dentro del Ministerio cuando se inspeccione, que se aplique la Ley en su totalidad”, remarcó Carreras.

El ministro remarcó que “cada contrato que han hecho, cada fábrica ha tenido su modalidad, son todas muy parecidas y nosotros entendemos que deben darle un trato a cada contrato de manera específica. Por todo lo que hemos ido encontrado hemos instruido de esta manera”.

Además apuntó que las propias fábricas electrónicas y metalúrgicas “con esta resolución ya tienen conocimiento pleno de cómo va a actuar el Ministerio de Trabajo de la Provincia al respecto”.
Según Carrera, los contratos por dos meses (por ejemplo) podrán hacerse, siempre y cuando justifiquen el caso extraordinario.

“El sistema de contratación en la provincia debe ser igual para todos los trabajadores, tenemos que volver a la normalidad porque esto que ha pasado es algo que no tendría que haber sido normal y habitual porque hay una Ley que indica que no debe ser así”, sumó.