Aquellos beneficiarios de pensiones RUPE que cuenten con otra obra social, podrán seguir usando los servicios del IPAUSS hasta 90 días luego de haber sido notificados fehacientemente en cada caso de los términos del Decreto 494/16. Luego de ese plazo, la persona recibirá la cobertura de la obra social o prepaga a la que se encuentre afiliada.

En la presente jornada, el Directorio de IPAUSS emitió una Resolución que establece “instruir a la Administración de Servicios Sociales a mantener la afiliación a esta Obra Social a los pensionados RUPE alcanzados por el Decreto Provincial 494/16, hasta tanto no se tenga por cierta la fecha de notificación emitida por la Secretaría de Coordinación de Políticas para Personas con Discapacidad, y transcurridos los noventa (90) días desde la misma”.