Cabe recordar que la misma, fue sancionada el 15 de diciembre de 2017, promulgada el 10 de enero y publicada ese mismo mes. Lo impulsan los Legisladores del Movimiento Popular Fueguino, Mónica Urquiza y Pablo Villegas.

Es de resaltar que, el artículo 4° de la Ley Provincial N° 1202, destina un plazo de 90 días para la implementación en los organismos estatales y 180 para consumar en los supermercados y centros comerciales de la Provincia, y el artículo 8°, establece un plazo no mayor de 90 días para su reglamentación. Habiéndose vencido los términos estipulados, es que se exige al Poder Ejecutivo, que actúe en consecuencia.

En su fundamento, el proyecto expresa que la necesidad de la reglamentación “se basa en propiciar la práctica de la lactancia materna, promoviendo acciones y formulando recomendaciones en los subsectores público estatal, privado y de la seguridad social, respecto de las condiciones adecuadas para tal fin y en concordancia con lo que dicta nuestra Constitución Provincial”.

La ley en mención tiene como objetivo “la necesidad de concientizar y capacitar a la población en general, a los agentes de salud, a los promotores sociales y a los padres en particular, acerca de los beneficios y ventajas de la lactancia materna y de la correcta utilización de alimentos sucedáneos y complementarios, promoviendo la capacitación de los equipos de salud y la creación de espacios físicos en condiciones adecuadas para el amamantamiento”.

Para finalizar, sostiene que es necesario adoptar las medidas apropiadas aplicando la normativa “para asegurar el derecho del niño a alimentarse de leche materna para el disfrute legítimo garantizando el más alto nivel posible de salud, como así también el derecho de la madre de amamantarlo, es necesario adoptar las medidas apropiadas aplicando la normativa”.