El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dispuso la conciliación obligatoria en el conflicto entre la Asociación de Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (ATEPSA) y los organismos estatales responsables del control del tráfico aéreo, tanto la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA S.E.), como la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

Según el comunicado oficial publicado por la cartera que conduce Sandra Pettovello, la decisión se publicó oficialmente y entró en vigencia desde las 00 del 11 de julio de 2025, en el marco de la ley 14.786, que regula las negociaciones colectivas. El texto establece un período de conciliación de 15 días, durante el cual las partes involucradas deberán retrotraer la situación al estado previo al conflicto.

¿Qué establece la conciliación?

La medida intima a ATEPSA y a los trabajadores representados por el sindicato a suspender toda acción directa durante la vigencia del procedimiento conciliatorio. En consecuencia, deberán prestar servicios de manera habitual y sin interrupciones.

A su vez, se ordena a EANA S.E. a dejar sin efecto los despidos dispuestos recientemente, por lo menos hasta que se complete la instancia de conciliación. Estos despidos eran una de las principales razones de la medida de fuerza.

El conflicto había generado preocupación debido a que las medidas gremiales afectaban vuelos comerciales tanto de cabotaje como internacionales, que estaban programados entre el 11 y el 30 de julio. La interrupción de servicios implicaba complicaciones operativas en plena temporada de receso invernal.