La veda electoral en el territorio nacional comenzó este viernes 24 de octubre a las 8.00 y se extenderá hasta el domingo 26 de octubre hasta las 21.00. Es decir, tres horas después del cierre de los comicios legislativos.
En las próximas elecciones estarán en juego 127 bancas de diputados nacionales y 24 de senadores.
Qué está prohibido hacer durante la veda electoral
- Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección que habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada, deberá darse aviso a la autoridad policial.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
- Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
- Los electores no podrán tomar fotografías de la Boleta Única Electrónica durante los comicios
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
Horarios de votación y cuándo se conocerán los resultados
Los comicios se celebrarán entre las 8 y las 18 horas del próximo domingo 26 de octubre.
De acuerdo con la normativa, la publicación de resultados oficiales está restringida hasta las 21, salvo que la justicia electoral disponga lo contrario y se haya verificado un porcentaje mínimo de mesas.
A partir de qué hora está prohibido vender alcohol
La normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 25 de octubre hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio, o sea, las 21 horas del domingo 26 de octubre.
El Artículo 134 de la Ley Electoral establece que “serán penados con arresto de uno (1) a seis (6) meses” a quienes expendan bebidas alcohólicas el día de la elección. Por ende, tanto los boliches como bares no deberán abrir sus puertas desde el sábado a la medianoche hasta la finalización de la jornada del domingo.
