Revocaron sentencia de perpetua a un padre que mató a su bebé por “sacudimiento” y quedó condenado en 4 años por homicidio culposo

El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia del Tribunal de Juicio de Ushuaia que el año pasado condenó a un hombre a prisión perpetua por la muerte de su bebé de 3 meses en 2023 por el “síndrome de sacudimiento”.

En 2024 el Tribunal de Juicio de la ciudad de Ushuaia condenó a Javier Osvaldo López a prisión perpetua por el delito de “homicidio agravado” en relación a la muerte de su bebé Milo, de 3 meses de edad, en un hecho ocurrido entre el 19 y 21 de octubre de 2023.

López estaba imputado de haber sacudido a su bebé ese 19 de octubre ante el llanto incesante del mismo, llamar a los servicios de emergencia que lograron resucitarlo y enviarlo al Hospital donde estuvo bajo cuidados intensivos hasta que murió dos días después, el 21 de octubre de 2023.

Los estudios tomográficos luego determinaron un hematoma subdural en la zona encefálica propio del “síndrome de sacudimiento”. En este caso “el encéfalo está protegido por la cavidad ósea y sometido a un movimiento como batido que provoca golpe y contragolpe adelante y hacia atrás, que lo que se lesiona es el encéfalo entre el cerebro y el cerebelo”, detallan las pericias forenses.

La revisión del fallo a perpetua se produjo a partir del recurso de casación presentado por el abogado Néstor Sánchez Otharan como defensor de López y el Superior Tribunal de Justicia en fallo unánime resolvió que el hecho terminó siendo un “homicidio culposo” o sin intención.

Los hechos esa mañana

Los jueces Muschnick, Cristiano, Loffler y Sagastume; coincidieron en que esa mañana López estaba al cuidado de su bebé mientras su mujer trabajaba. El bebé venía de una compleja operación en los pies y estaba mas irritable, por lo que la mujer modificó su turno laboral para poder coordinar el cuidado del mismo.

Los jueves reconstruyeron una secuencia en la que el cuidado del bebé era seguido “por la pareja mediante mensajes, videos y fotos, no observando ningún accionar distinto por parte de López pues también su pareja, como es habitual y esperado, tenía un cansancio constante por el trabajo y el cuidado del niño menor de edad”, en un posoperatorio complejo en el que el bebé no descansaba y por ende sus padres tampoco.

Los jueces entienden que el hecho imputable sucedió (el sacudimiento) pero advierten que luego de ello “López luego de zamarrear a su hijo advirtió que no respondía, con lo cual esa reacción de sorpresa, susto y desesperación resulta coherente con quien no solo no deseaba el resultado sino que ni siquiera se lo representó como posible”.

“Se trataba de padres que estaban atentos y plenamente abocados a las necesidades de Milo”, sostiene el tribunal que concluye “no existen pruebas concluyentes de que López haya tenido conciencia y voluntad de causar la muerte”.

Ante ello modificaron la carátula penal de “homicidio agravado” por “homicidio culposo” o imprudente, enviando nuevamente al Tribunal de Juicio de Ushuaia para que fijara una condena acorde a ese tipo penal.

El Tribunal condenó a López esta vez a 4 años de prisión, por lo que este imputado continúa detenido en prisión purgando una pena de la que lleva dos años de encierro. Su defensa volvió a casar la pena y busca su excarcelación.