“El Tribunal debe tener el mismo desconcierto que tienen las partes, es decir: ¿hay acusación? O no. Y si van a acusar háganlo sobre lo que está en el expediente y no sobre las manifestaciones públicas que se realizan”, sostuvo el Dr. Francisco Ibarra, patrocinante del intendente Gustavo Melella en torno a la nulidad de los requerimientos de los fiscales en la causa por las denuncias contra el Jefe Comunal.

“En toda causa se impulsa la investigación con un requerimiento fiscal” ante la sospecha que “podría existir un delito” y el Juez es el que tiene la atribución de decidir que se lleve adelante esa investigación sobre la base de ese requerimiento”, explicó Ibarra.

“Lo que hemos planteado nosotros es que el requerimiento del Dr. Quadrini es nulo por cuanto se aparta de los hechos de la causa, no ha valorado las declaraciones testimoniales de ninguna manera, simplemente se dedicó a reeditar lo que había en una exposición, pero no lo que surgía de las declaraciones testimoniales”, recordó.

“El Juez utiliza dos argumentos: el primero es que se trata de una sola entidad que es el Ministerio Fiscal, ejercida tanto por el Dr. Candela, como por el Dr. Quadrini, que tienen opiniones contrarias, porque no es que se refieren a  tres personas, sino a un mismo hecho; y lo que sostiene el Juez Sahade es que no puede haber dos opiniones sobre un mismo hecho”.

“El segundo punto es que el último requerimiento del Dr. Quadrini se aleja y es completamente distinto a la declaración de la supuesta víctima por la que se hacía referencia que es el señor Lovera”.

Explicó además que “la resolución del Dr. Sahade en forma textual expresa que en el dictamen fiscal se dejó de lado la declaración de la víctima para tomar las exposiciones que había realizado la querella del Dr. Gimenez, y es lo que estamos manifestando en todo momento: aquí a nadie le importan lo que la víctima ha declarado sino que se quiere mantener viva una causa que no tiene ninguna clase de sentido en lo que se refiere a este tema”.

“El Dr. Sahade en su resolutorio es muy explícito en este punto donde hace referencia que existe un apartamiento de los hechos que han sido objeto de denuncia y recomienda a la Fiscalía de que se sujeten a estos hechos”, insistó el doctor Ibarra.

“Lo que está indicando el juez es que se deben formular los requerimientos que deban ser, pero sobre la base de los elementos que están en el expediente”, aclaró.

“Acá se está poniendo en evidencia que existe otra clase de intencionalidad, porque si en el primer requerimiento que realiza el Dr. Candela, en su condición de Fiscal Mayor, dice que dos hechos debían ser desestimados y respecto a un tercero no se podía expresar, posteriormente el Dr. Quadrini y, teniendo que formular su dictamen, consciente que se desestimasen estos dos hechos, consintió esa desestimación de estos dos hechos y solamente requirió por uno. Si ahora que se declara la nulidad de todo, dice que ahora lo va a pensar nuevamente, conforme los mismos elementos que están en la causa y vamos por todo, esto evidentemente esto tiene otro tinte y dejo de ser jurídico, para ser otra cosa”, entendió Ibarra.

“De la simple lectura del último requerimiento fiscal surge de forma expresa que se ha equivocado el planteo, no se sujetó en nada a la declaración de la supuesta víctima, por eso el Tribunal le indica que es un requerimiento que se aparta de los hechos y recomienda, si van a formular algún tipo de requerimiento, se ajusten a lo que están en las actuaciones y no a las manifestaciones que no hacen a elementos de prueba”, insistió.

El letrado sostuvo además que “lo que me causa sorpresa es son esos distintos criterios y subidas y bajadas que tiene la causa desde la Fiscalía Mayor hacia la Fiscalía ante el Superior Tribunal y demás, el Tribunal debe tener el mismo desconcierto que tienen las partes, es decir: ¿hay acusación? O no. Y si van a acusar háganlo sobre lo que está en el expediente y no sobre las manifestaciones públicas que se realizan”.