El gobernador Gustavo Melella, decretó la Emergencia Sanitaria por el término de un año en todo el ámbito de la provincia como medida para avanzar y profundizar los controles en el marco de la pandemia declarada por la Organizacióm MUndial de la Salud al COVID-19 (coronavirus).
En el mismo sentido
establece la adhesión en todos sus términos al Decreto de Necesidad y Urgencia
emitido por el Presidente Alberto Fernández, que entre algunas de sus medidas
declara como zonas de riesgos que estarán enumeradas en el decreto son: Estados
Unidos, España, Italia, Alemania, Francia China, Irán y Corea del Sur.
De a acuerdo al
decreto firmado por el gobernador hace instantes, será el Ministerio de Salud
la autoridad de aplicación de las medidas que se entiendan necesarias respecto
de la situación epidemiológica , a fin de mitigar el impacto sanitario.
Además se autoriza
la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos de salud titulados
en el extranjero, cuyo título no esté revalidado o habilitado en el país,
«siempre que el objeto de la contratación guarde estricta relación con
medidas que deban aportarse en el marco de la emergencia».
En su artículo sexto el decreto suspende por 30 días «el desembarco de pasajeros en cuya embarcación naveguen pasajeros provenientes de países de riesgo declarados por el Ministerio de Salud de la Nación, a excepción de pasajeros de aquellas embarcaciones que hubiesen permanecido embarcados por un plazo mayor a los 14 días”.
Para esto se
faculta al InFueTur a diseñar protocolos a implementar medidas preventivas para
mitigar la posible propagación del COVID-19.
También se suspende
por el mismo lapso el ingreso de turistas por vía terrestre, por la frontera,
cuando provengan de países de riesgo declarados por el Ministerio de Salud de
la Nación, considerando el paso por Chile como «en tránsito», a
excepción de aquellos que reingrese al país proveniente del continente y hayan
permanecido en forma previa por un lapso mayor de 14 días.