Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia respecto de la demanda presentada por la agrupación de concesionarios automotores del país, ACARA, en representación de un grupo de concesionarios fueguinos que resistieron legalmente la ordenanza aprobada en 2016.
La ordenanza 3575/16, impulsada por el concejal Paulino Rossi y promulgada desde el municipio, simplemente estipulaba que los concesionarios debían exhibir además del precio de los automotores, el precio que tiene “valor continente”, en razón de dejar evidencia de los abusos que existían y existen con la que debería ser la deducción del IVA.

ACARA cuestionó judicialmente esta ordenanza del punto de vista de su inconstitucionalidad, al entender que el municipio no es agente de aplicación en esta temática que le excede, obteniendo el pasado 14 de febrero un fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

El fallo de los máximos jueces provinciales consideró “inconstitucional” esta ordenanza que no generaba perjuicio alguno a los concesionarios, y que solo apuntaba a evidenciar ante el consumidor un abuso comercial que, por otro lado en otra causa, tiene una demanda millonaria en otro fuero.

La presentación patrocinó a las concesionarias locales; Automotores Tierra del Fuego (Ford), Rueda Motor S.A., Luciano Petro y Cía, Polo Sur S.A , Expo Auto, Bridge S.R.L. y Comercial del Sur.