El fallo de un Tribunal de Juicio Oral incluye por primera vez en la provincia, además de la condena que fue de 6 años de prisión, el pago de una compensación económica a la víctima por 380 mil pesos.

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Fue esta tarde en el Tribunal de Juicio Oral en Campamento YPF donde el fallo condenó a la pena de 6 años de prisión a Ronni Rodríguez Parra, su padre Ronni Leonardo Rodríguez Rosario y al joven Robín Bonilla Minaya, todos como co autores del delito de “homicidio en grado de tentativa”.

Asimismo el fallo rechazó el planteo de la extinción penal por parte de la querella y la defensa, para acordar una recomposición dineraria, pero acto seguido el tribunal consideró esa propuesta a pesar de la condena, y aplicó a los tres imputados a pagar “en forma solidaria entre los 3” la suma de 380 mil pesos a la víctima “en concepto de indemnización de daño material y moral causado”.

Esta sanción es la primera vez que se impone en un juicio penal, por lo que ahora quedará conocer en los fundamentos del tribunal el próximo 14 de noviembre, como se llegó a la misma.

Finalmente se notificó a Migraciones de la condena a fin de que ordene las medidas que estime pertinente, y se mantienen las restricciones a la libertad de los imputados, quienes recién irán a prisión una vez que la sentencia quede firme.

Para ello aún tienen una última instancia de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, la cual una vez resuelta podrá confirmar la condena, y allí empezarían a cumplirla en ese caso.

Las víctimas conformes

Al finalizar la audiencia el padre de Luis Haro se mostró conforme con el fallo y la indemnización a su hijo “hubo cambios muy profundos en su vida”, a partir de lo sucedido, “era lo que esperábamos, creo que esta bien eso porque tuvimos muchos problemas”, dijo.

En cuanto a las secuelas del hecho en su hijo, quien tiene aún alojado un proyectil en la cabeza, “esto lo afectó mucho, no tiene una vida normal”, señaló.

Por su parte el abogado que los representó, el Dr. Daniel Mandolini, expresó tras el fallo; “ya habíamos manifestado nuestra intención como parte, y no hay que objetar a lo fallado”, dijo respecto de la reparación económica que habían solicitado al inicio del juicio.

“La indemnización es de ejecución obligatoria, no soluciona nada pero alivia la cuestión económica y por lo menos quedamos conformes con el fallo”, concluyó.