El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, a cargo del juez Pedro Fernández, dictó la primera sentencia en apelaciones de multas municipales a través de audiencias orales, un sistema que busca acelerar los tiempos de resolución.

El caso se originó a partir de una sanción impuesta por el Tribunal de Faltas de Río Grande al Banco de Tierra del Fuego, al no haber colocado el cartel obligatorio en una obra en construcción.

Sin embargo, durante el trámite de la apelación se comprobó que el Banco ya había vendido el lote a un tercero mediante un boleto de compraventa y que también había entregado la posesión antes de que se constatara la infracción. Es decir, cuando los inspectores detectaron la falta, quien estaba construyendo y tenía el control del terreno no era el Banco, sino el nuevo poseedor.

Ante esta situación, el juez consideró que no existía una relación directa entre la entidad bancaria y la infracción señalada. Como el Banco no estaba a cargo de la obra ni tenía la posesión del terreno al momento del hecho, no podía responsabilizárselo por la falta.

En consecuencia, la multa fue revocada.