El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 614/2025, el cual aplica nuevo criterio para trasladar los feriados nacionales que coincidan con sábado o domingo. A continuación, todo lo que se debe saber sobre esta nueva normativa.

El decreto firmado por el presidente Javier Milei y el ministro del Interior, Guillermo Francos, habilita que estos feriados puedan moverse al viernes inmediato anterior o al lunes siguiente, según lo determine la autoridad competente. Este cambio busca subsanar un vacío legal en la ley 27.399 ―que regula los feriados nacionales―, pero no especificaba qué hacer en los casos en que caen en fines de semana.

El decreto no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado. La medida alcanza únicamente a los feriados catalogados como trasladables en la normativa vigente. Es decir, solo aquellos días ya definidos como trasladables por la ley 27.399 podrán ser movidos si coinciden con un fin de semana. La reglamentación no impone de manera automática el corrimiento, sino que simplemente habilita la posibilidad de hacerlo.