El Gobierno Nacional eliminó, a través de un decreto de necesidad y urgencia, el reembolso adicional a las exportaciones desde los puertos y aduanas de la región por el “desmesurado sacrificio fiscal” de las cuentas públicas, según indica el decreto 1.199/2016, publicado en el Boletín Oficial.

El sistema beneficiaba a las exportaciones con embarques en los puertos de San Antonio Oeste y Madryn con 8% de reembolso; Comodoro Rivadavia, con 9%; Puerto Deseado y San Julián, con 11%; Punta Quilla, Río Gallegos y Río Grande, con 12%; y Ushuaia, con 13%.

La norma deroga el anterior decreto 2.229 de noviembre de 2015, que restableció la vigencia del reembolso adicional a las exportaciones instituido por la Ley 23.018 de 1983.

La Ley 23.018 dispuso el otorgamiento de un reembolso adicional a la exportación de mercaderías cuyo embarque y respectivo “cumplido” de la declaración aduanera de exportación para consumo se realice por los puertos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado, siempre que dichas mercaderías se hubieren cargado a buque mercante con destino al exterior o a buque mercante de cabotaje para transbordar en cualquier puerto nacional con destino al exterior.

La decisión se adoptó porque el Acuerdo de Marrakech de la Organización Mundial del Comercio (OMC) establece la obligatoriedad de eliminar sus subvenciones a la exportación, sumado a “la elevada desproporción producida entre los montos abonados en concepto de derecho de exportación y los que corresponden a lo percibido por aplicación del reembolso adicional a las exportaciones restablecido por el decreto 2.229/15”.

Lo que, potenciado por los lineamientos establecidos por la actual política económica que llevaron a disponer la reducción al 0% de las alícuotas del tributo, importa un “desmesurado sacrificio fiscal de las cuentas públicas, por lo que se torna ineludible la eliminación del beneficio”.