La fiscal Vanina Cantiani consideró probados dos de los tres hechos imputados, en el alegato realizado esta mañana en el juicio oral y público en los tribunales de Campamento YPF.
El primero ocurrió el 24 de marzo de 2024 fuera de la vivienda de Maximiliano Nahuel Ríos, quien agredió a su por entonces pareja en la vía pública a golpes y arrojándole piedras constatándose diversas lesiones. El llamado de un vecino a la Policía refirió «el hombre le está pegando a una chica», aunque la damnificada ese día no quiso radicar denuncia.
Incluso el imputado agredió por segunda vez a la joven aún ante la presencia policial.
El segundo hecho del 8 de septiembre también se consideró probado cuando amenazó a su ex cuñada con un cuchillo, cuando esta asistió a su domicilio a recuperar una balanza junto a su hermana (víctima del primer hecho).
Le apoyó el cuchillo en la espalda tomándole por detrás, previa discusión, cuestión que fue filmada por la mujer restante.
Finalmente el 18 de febrero de 2025 se le imputó mantener a su ex pareja privada de la libertad en su domicilio, amenazándola con un cuchillo y agrediéndola tras una discusión que mantuvieron en ocasión en que la mujer intentó retomar la relación. Allí le apoyó un cuchillo al cuello y le sacó el celular para retirarse y dejarla bajo llave, ocasión en la que le extrajo el dinero de sus cuentas, un total de 36mil pesos.
Luego volvió de comprar pan y le dijo que no la había encerrado, siendo contradictoria la declaración de la.mujer que esa misma jornada reconoció que volvió a verlo. Ante ello invocó el beneficio de la duda y pidió la absolución por el tercer hecho.
Finalmente pidió condena por los delitos de «lesiones leves agravadas por Violencia de Género» y «amenazas con arma» en el segundo hecho, reclamando la condena de 2 años y 3 meses de prisión efectiva.


