La Caja de Previsión Social aprobó por Directorio el mecanismo extraordinario que permitirá aplicar de manera provisoria las movilidades jubilatorias informadas.

Cabe destacar que la medida adoptada por el Presidente de la Caja de Previsión Social, Leonardo Gómez, y los Vocales convocados en Reunión Extraordinaria, se encuadra dentro del cumplimiento de la Ley 1285 y la necesidad por parte del Directorio de la CPSPTF de resolver con celeridad aquellos trámites vinculados a las movilidades que se encontraban pendientes.

Los beneficiarios comprendidos dentro de esta medida extraordinaria son los referenciados a los escalafones que a continuación se detallan:

INFUETUR/ NOVIEMBRE /2020

Funcionarios/ NOVIEMBRE/2020

EPU/ NOVIEMBRE /2020

EPU/ ENERO/ 2021

Puerto/ SEPTIEMBRE/ 2020

DPE/ NOVIEMBRE/ 2020

Municipalidad RG/ FEBRERO/ 2021

AREF/ NOVIEMBRE/ 2020

AREF/ FEBRERO /2021

STJ/ FEBRERO/ 2021

CPSPTF/ ENERO/ 2021

IPRA/ DICIEMBRE/ 2020

DPOSS /NOVIEMBRE /2020

DPOSS/DICIEMBRE/2020

Policía Civil/ DICIEMBRE /2020

Húmedos/ DICIEMBRE/ 2020

Húmedos/ ENERO/ 2021

Húmedos/FEBRERO/ 2021

Es importante aclarar que el pago por boleta complementaria comprende el retroactivo al mes correspondiente de aplicación.

En relación a aquellos organismos que no se encuentran dentro del listado detallado, es importante aclarar que la Caja se encuentra gestionando con dichos organismos la subsanación de errores que fueron detectados por el personal técnico previsional.