El máximo órgano judicial de la Nación anuló el aumento en las tarifas de gas para usuarios residenciales y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y le puso un freno al aumento de gas dispuesto por el gobierno de Cambiemos para los usuarios residenciales.
Por unanimidad, los integrantes del máximo tribunal de justicia dispusieron retrotraer las tarifas al esquema que estaba vigente antes de los aumentos establecidos por el Ministerio de Energía, a cargo de Juan José Aranguren.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti coincidieron además en especificar que la audiencia pública es un requisito obligatorio antes de avanzar en un nuevo esquema tarifario.
Los magistrados aclararon que la tarifa social para los sectores más necesitados continuará vigente y advirtieron al Congreso de la Nación que es necesario cubrir el cargo de Defensor del Pueblo de la Nación, que se encuentra vacante desde 2009.
La Corte especificó en el fallo que «la audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas», según surge del artículo 42 de la Constitución Nacional, que prevé la participación de los usuarios en la fijación de los nuevos precios.
Al respecto precisó que «no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para adoptar una decisión en 2014». De esta manera contrastó uno de los argumentos pronunciados por el Gobierno para defender las decisiones adoptadas a principio de año.