El fallo lo dictó la jueza laboral 1, Miriam Edith Cristiano, en la causa que la empresa Iatec lleva contra el secretario de Organización de la UOM, argumentando que excedió sus facultades gremiales en el bloqueo del depósito de la empresa durante una protesta el año pasado.

La jueza Cristiano ya había fallado a favor de la empresa por la exclusión de la tutela sindical a Gordillo. Tras esto y la apelación, su defensa presentó un recurso de reposición a la sentencia de primera instancia, la cual si bien fue apelada a la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones, fue dictada sin efecto suspensivo.

Ello significa que hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo apelada, quedan vigentes los efectos de esta sentencia de primera instancia, estando habilitada la empresa Iatec a despedir en cualquier momento a Gordillo, en razón de considerárselo excluido de su tutela.

La jueza aduce a un error de la representación legal de Gordillo, “al   momento   de   apelar   la   sentencia,   el demandado omitió solicitar la concesión del recurso con efecto suspensivo y justificar tal petición a los fines de que el mismo sea otorgado”.

En este sentido la jueza Cristiano rechazó el recurso de la defensa por este efecto suspensivo, y la empresa quedó habilitada a avanzar con el fallo de primer instancia, más allá de lo que  posteriori resuelva la Cámara de Apelaciones.

Por el momento la empresa no accionó contra el delegado y dirigente gremial con despido o medida laboral alguna.