La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones de Río Grande emitió un fallo ejemplar que finalmente dispuso un tope de racionalidad a los damnificados que componen la primer tanda de demandantes en relación a los préstamos UVA que se emitieron desde el BTF.

Los camaristas Daniel Satini, Francisco Capellotti y Luciana Gutierrez hicieron lugar a la apelación para revocar el fallo de primera instancia del juez civil Horacio Boccardo, concediendo una medida cautelar para que la cuota de los créditos no supere el 35% del total de los haberes de los damnificados.

Ya la Sala Civil había dispuesto esa misma medida en dos casos particulares precedentes (los casos Buitrago y Vázquez), de personas que quedaron en sumo estado de vulnerabilidad económica, en que la cuota de los préstamos incluso superaban el total de sus haberes. Increíblemente los jueces civiles de primera instancia habían denegado incluso las cautelares aún en esos casos extremos.

Ahora los camaristas disponen la posibilidad de un tope de cuotas para todos los damnificados en general, por lo que dentro del término de 30 días el BTF deberá verificar el estado actual de los créditos contraídos y aplicarlo hasta que se termine de resolver la causa, sin que la cuota –hasta entonces, supere dicho límite.

Los camaristas evaluaron además un informe de la facultad de ciencias económicas de la UBA que da cuenta del desproporcionado aumento de las cuotas frente a los salarios de los tomadores, y además los DNU nacionales entre 2019 y 2020 para congelar las cuotas ante el “descalabro” económico.

El fallo muestra como indicio con números del INDEC que la escalada internanual al 2023 de los créditos fue del orden del 229,4%, mientras que el de los salarios en el mismo período fue del 165,8%.