La aprobación de obligatoriedad del barbijo o tapabocas en espacios públicos y en recintos de acceso público, aprobada ayer por el Concejo Deliberante de Río Grande, presenta un verdadero despropósito normativo imposible de aplicar.

El proyecto establece “el uso obligatorio de dispositivos de protección que cubran nariz. boca y mentón tipo barbijo, tapaboca o cobertor de tela, mascarillas, o elementos de producción casera para la circulación en la vía pública, ingresar o permanecer en los establecimientos públicos y privados, oficinas de atención al público, locales comerciales, cajeros automáticos, hospital o centros de salud públicos y privados y medios de transportes públicos y privados”.

La norma originalmente establecía de 200 a 500 unidades punitorias, que luego fueron pasadas a un máximo de 2000 U.P; las cuales actualmente se encuentran desde 2018 congeladas en un valor testigo de $17,44.

Las multas se aplican en caso de “persona infractora que circule en la vía pública” y “comercio o centro de atención privado en el que haya personas sin tapabocas”, con un apercibimiento en el primer caso, y la aplicación de sanción económica de ahí en más.

Incluso la ordenanza prevé que “en caso de insolvencia probada” el infractor pueda realizar tareas comunitarias, fomentando contrariamente la circulación de personas en el ente que fuere.

La opinión pública se manifestaba ayer en redes sociales masivamente contra una normativa de dificultosa aplicación en lo concreto, ya que ningún agente municipal posee autoridad para solicitar identificación a una persona en la vía pública a pie, y la Policía desde hace años no procede al labrado de infracciones municipales.

Finalmente el detalle final es que las imágenes que trascendieron oficialmente desde la institución deliberativa en la sesión a puertas cerradas de ayer, fue que por momentos al menos 3 ediles presentaban el rostro desprovisto de barbijos, tapabocas o mascarilla cualquiera.