El fallo lo emitió hace dos semanas el Tribunal de Juicio de Río Grande en relación a un caso en el que el imputado estuvo detenido 3 meses el año pasado. La fiscalía de Género con la Dra. Mónica Macri no apeló la sentencia y ayer quedó firme.

El fallo se emitió el pasado 12 de septiembre por parte del Tribunal de Juicio de la ciudad de Río Grande en el marco de una omisión de debate en que la misma fiscal Mónica Macri había pedido 3 años de prisión en suspenso.

El fallo fue fundamentando por el juez Eduardo López, al que adhirieron los jueces Juan José Varela y Verónica Marchisio el pasado 12 de septiembre dictando el sobreseimiento definitivo de Esteban Adrián Castillo, de 37 años de edad, a quien se acusaba de haber contactado por la red social «Instagram» en 2024 a una chica de 12 años.

En la acusación se le solicitaban imágenes de desnudos por una retribución monetaria a la menor, quien junto a otras amigas enviaban el dinero a la cuenta de un kiosco del cual sacaban golosinas.

Incluso se buscó propiciar un encuentro personal que nunca se concretó, en lo que pudo determinar la investigación que contó con algunos inconvenientes como fue el borrado parcial de algunos de los chat y la desaparición de un CPU de la casa del imputado.

El contacto se inició a partir de que Castillo reaccionó a una historia de «Instagram» el día del cumpleaños de la menor, pero su defensa sostuvo que el imputado nunca supo que se trataba de una menor de edad.

Esto prosiguió con conversaciones e intercambio de dinero mediante transferencias por imágenes de desnudos que la chica sacaba de sitios de internet y enviaba como “propias”. Se enviaron alrededor de nueve imágenes y se recibieron diez transferencias, que el imputado explicó como un “hackeo” de su cuenta.

El Tribunal de Juicio entendió que “si bien el contenido de los mensajes revela una intención sexual, no se advierte en ellos ninguna referencia explícita a la edad de la menor”, “ni indicios que permitieran inferir razonablemente su condición de menor”.

“El perfil público de la víctima no contenía imágenes escolares, ni menciones a su edad”, ante lo cual se decidió absolver a Castillo por el “in dubio pro reo” o “beneficio de la duda”, dado que “no se acreditó de manera fehaciente que tuviera conocimiento de la edad de la víctima”, sostiene el fallo.

Increíblemente la resolución quedó firme en las últimas horas en razón de que la fiscalía de Género, representada en este proceso por la fiscal Mónica Macri, no tomó la decisión de ir en casación respecto de esta sentencia absolutoria que deja libre de culpa y cargo definitivamente a quien fuera el encausado.