Frente a la demanda presentada y que derivó en una declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza municipal que prohíbe el uso de la plataforma UBER, en el caso de un chofer infraccionado, ese fallo del juez Correccional Pedro Fernández, tuvo un pronunciamiento previo desde la fiscalía del Distrito Judicial Norte.

En la misma el dictamen del Fiscal Mayor, Dr. Martin Bramati, sostuvo que “en el dictamen determinamos que Uber es legal y le corresponde ser reglamentado para que compita en igualdad de condiciones que taxis o remises”.

Asimismo agregó “la norma que corresponde a Uber muestra que el mismo no restringía ni limitaba un derecho sino que se anulaba, ya que prohibía una modalidad de trabajo o de actividad lícita por el solo hecho de que en realidad se realiza a través de una plataforma” y añadió “esa forma de reglamentar el derecho no es correcta”.

Para finalizar señala “lo que el juez ha entendido es que corresponde también que se haga una reglamentación. En realidad esta actividad de Uber se debe permitir, pero bajo determinadas condiciones que asegure  una competencia legal con otros servicios similares o idénticos”.